Entidades Habilitadas para este Producto

    No posee Entidades Vinculadas

Última Actualización: 04/12/2020

Fideicomiso para el apoyo financiero a las MIPYMES y otras empresas 

PRODUCTO FISALCO: Financiamiento de pago de salarios y/o capital operativo a las MIPYMES, cuentapropistas y profesionales independientes.

Este producto es financiado con recursos del “Fideicomiso para el apoyo financiero a las MIPYMES y otras empresas”, en el marco de las medidas de mitigación de efectos económicos adversos de la crisis desatada por el COVID-19 o Coronavirus, establecidas por el Gobierno Nacional, conforme a la Ley N° 6.524/2020 y al Decreto N° 3.531/2020.

¿Quiénes pueden acceder al crédito?

Los interesados que califiquen como sujetos de crédito para la Institución Intermediaria (cooperativas, centrales cooperativas y casas de crédito). Pueden ser personas físicas, empresas unipersonales o personas jurídicas definidas como micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), así como también cuentapropistas y profesionales independientes, todos ellos debidamente inscriptos en el RUC, cuya actividad económica principal se asienta en el territorio nacional, cuyas definiciones y requisitos se detallan a continuación:

Microempresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 646.000.000 (Guaraníes seiscientos cuarenta y seis millones), para lo cual deberán acompañar:

  1. Identificación del deudor (RUC);
  2. Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
  3. Planilla de sueldos y remuneraciones del personal a cargo en carácter de declaración jurada
  4. Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.

Pequeña Empresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 3.230.000.000 (Guaraníes tres mil doscientos treinta millones) 

Mediana Empresa: es aquella con facturación anual hasta ₲ 7.752.000.000 (Guaraníes siete mil setecientos cincuenta y dos millones).

Para las operaciones de PYMES deberán presentar:

  1. Identificación del deudor (RUC);
  2. Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
  3. Formulario de presentación de IVA;
  4. Planilla de sueldos y remuneraciones del personal a cargo en caracter de declaración jurada o Formulario de aporte patronal IPS o Planilla del Ministerio de Trabajo;
  5. Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.

Profesional Independiente y Cuentapropista: se refiere a la persona física que presta servicios sin relación de dependencia laboral o que obtiene su ingreso a partir de su propio negocio y que se encuentre inscripto en el RUC. Para los mismos, se tomará la facturación y documentación similar a la Microempresa.

¿Qué se puede financiar con el producto?

Operaciones aprobadas por las Instituciones Intermediarias para gastos de pago de salario y/o Capital Operativo de los prestatarios finales de los meses afectados a partir de la declaración de emergencia sanitaria.

Los recursos no podrán ser utilizados para financiar:

- Compra de bienes inmuebles;

- Pago de deudas, dividendos o recuperaciones de capital;

- Compra de activos financieros (bonos, acciones, etc.);

- Adquisición de bienes de uso personal o de consumo doméstico;

- Pago de impuestos y otros gravámenes;

- Gastos de consumo.

 

¿Cuáles son las condiciones financieras del producto para los prestatarios finales? 

  • Plazo: desde 1 hasta 5 años, incluido el periodo de gracia.
  • Periodo de gracia: desde 6 meses hasta 12 meses (no se paga capital ni intereses en este periodo)
  • Tasa máxima: 5,5%
  • Amortización: cuotas mensuales de capital e intereses.
  • Moneda: Guaraníes
  • Montos máximos:
      • Microempresas: Hasta ₲ 190.000.000
      • Pequeña empresa: Hasta ₲ 650.000.000
      • Mediana empresa: Hasta ₲ 1.300.000.000
      • Profesionales independientes y cuentapropistas: Hasta ₲ 190.000.000

¿Qué garantías se exigen a los prestatarios finales?

Las fijadas por la Institución Intermediaria y conforme a las regulaciones del BCP o del INCOOP.

Vigencia del producto

Este producto tendrá vigencia hasta el 31 de enero de 2021 o hasta la colocación total de los recursos financieros del fideicomiso, el que fuera primero.

Contactos en Cooperativas y Casas de Crédito

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